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Abren la puerta para que ‘Cuau’ busque el gobierno de Morelos

Ministros tiran el plazo mínimo de 12 años de residencia para contender por el cargo.

El ex futbolista y alcalde de Cuernavaca Cuauhtémoc Blanco

El ex futbolista y alcalde de Cuernavaca Cuauhtémoc Blanco (Omar Franco/Archivo)

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la disposición de que cualquier aspirante a la gubernatura de Morelos tenga la obligación de acreditar como mínimo 12 años de residencia en el estado.

Esta acción de inconstitucionalidad fue presentada por el Partido Encuentro Social ante la SCJN, al considerar que la modificación aprobada por el congreso local tenía dedicatoria para el alcalde de Cuernavaca y ex futbolista, Cuauhtémoc Blanco.

En abril pasado la mayoría del PRD en el Congreso de Morelos avaló la reforma a la Constitución estatal para aumentar de cinco a 12 años el periodo de residencia en el estado para aquellas personas no nacidas en Morelos que desearan gobernar el estado.

Los ministros de la Suprema Corte discutieron 10 porciones normativas en materia electoral de Morelos y declararon procedentes y parcialmente fundadas las acciones de inconstitucionalidad 29/2017 promovidas por el partido Encuentro Social, 32/2017 del Partido Humanista, 34/2017.

Respecto al Artículo 26, fracción III, que se refiere la prohibición de funcionarios públicos, entre ellos los presidentes municipales, para postularse al cargo de diputado local si no se separen del cargo 90 días antes de la elección, los ministros lo consideraron erróneo.

Lo mismo ocurrió con el párrafo séptimo, fracción quinta, del artículo 23; segundo párrafo del artículo 24; la fracción cuarta del artículo 26, así como la fracción tercera del artículo 58.

"Para aspirar a este cargo se debe tener una vecindad en el estado efectiva no menor a 12 años inmediatamente inmediata anteriores al día anterior de la elección", añadía la disposición de los diputados locales de Morelos, lo que fue invalidado por la Corte. M

Es decir, que con esta resolución este artículo quedará como estaba antes de la reforma y en el que se advertía que para aspirar al cargo de gobernador se necesitaba ser morelense por residencia con una vecindad habitual efectiva en el estado no menor a cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.

Por otro lado, los ministros avalaron la edad de mínima de 25 años para aquellas personas que aspiren al cargo de Presidente Municipal y de 21 para algún otro cargo dentro de los Ayuntamientos.

Además de respaldar la reducción de 30 a 20 disputados que conformaran el Congreso local y que ningún partido tenga más de 12 legisladores.

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