Las personas que conduzcan un vehículo cuando se encuentren alcoholizadas y como consecuencia de su estado provoquen lesiones o priven de la vida a terceros ya no podrán librarse de la cárcel con el pago de fianza. Los diputados que integran la Comisión de Puntos Constitucionales avalaron el aumento de las sanciones y penas a conductores ebrios que cometan los delitos de lesiones y homicidio culposo, con la intención de impedir que queden en libertad pagando fianza. Los diputados aprobaron el dictamen de la iniciativa de reforma de los artículos 125 y 128 del Código Penal con las que a las lesiones y al homicidio culposo les fue agregada como agravante la conducción de un automotor bajo los influjos del alcohol. En ese caso, los ciudadanos que incurran en ambas conductas podrán hacerse acreedores a penas de entre 6 y hasta 20 años de prisión, dependiendo de la gravedad de las lesiones o si provocan la muerte a terceras personas. La propuesta para endurecer las sanciones contra delitos asociados a la conducción de vehículo y consumo de alcohol fue hecha por el diputado perredista Enrique Laffitte Bretón, quien originalmente propuso modificar el tipo de homicidio, de culposo a doloso. Pero, señaló que durante el análisis se determinó que sería imposible que un juez pudiera acreditar el dolo en un accidente de tránsito provocado por un conductor alcoholizado, que tenga como consecuencia la muerte de un tercero. La propuesta fue modificada y aunque no se aprobó que el homicidio culposo cambiara a doloso, este será considerado un delito con la agravante del alcohol que deberá ser enfrentado por los responsables en prisión.